Saltar la navegación

5.1. Devengos

En el apartado de devengos de la nómina se detallan las cantidades que recibe el trabajador por diversos conceptos. Los devengos de la nómina pueden ser de dos tipos: salariales y no salariales.

Percepciones salariales

Son las retribuciones relacionadas directamente con el trabajo realizado.

Salario base Es el fijado en el convenio colectivo para cada grupo profesional. 
Complementos salariales  Cantidades que se suman al salario base para retribuir determinadas circunstancias propias del trabajador, del trabajo desempeñado o de la cantidad o calidad del trabajo. Son, por ejemplo, los complementos personales por antigüedad, titulación, idiomas u otras condiciones específicas del trabajador, complementos por las características del puesto que ocupa (plus de nocturnidad, de peligrosidad, etc.), complementos por la calidad o cantidad del trabajo, como la productividad, la asistencia o la puntualidad.
De vencimiento periódico superior al mes
  • Pagas extraordinarias: el trabajador tiene derecho a dos como mínimo, una en Navidad y otra en el mes que se pacte.
  • Participación en beneficios: gratificación anual que se pacta en convenio independiente de los beneficios de la empresa.
  • Prima o bonus: bonificación vinculada a los objetivos marcados por la empresa.
Salario en especie

Retribuciones al trabajador en forma de bienes o servicios; son los casos del vehículo de empresa, seguro de vida, vivienda de la empresa, aportaciones a planes de pensiones, vales o tiques restaurante.

No puede superar el 30% de las percepciones salariales.

Percepciones no salariales

No se considera salario, sino que son compensaciones a gastos del trabajador relacionados con el trabajo (indemnizaciones y suplidos, dietas, gastos de transporte, prestaciones de la Seguridad Social...). Cotizan a la Seguridad Social y tributan en el IRPF en su totalidad o solo en la parte que exceda de la cantidad señalada normativamente.

Indemnizaciones o suplidos por gastos relacionados con el trabajo
  • Dietas de viaje: gastos de manutención y estancia fuera de su lugar de residencia.
  • Plus de transporte urbano y distancia.
  • Gastos de locomoción.
  • Quebranto de moneda por errores en cobros y pagos de forma involuntaria.
  • Indemnización por desgaste de prendas trabajo y herramientas...
Prestaciones de la Seguridad Social Son prestaciones por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o profesional y accidente o por compensación por desempleo parcial.
Mejoras de la acción protectora de la seguridad social En el caso de que las empresas mejoren las prestaciones de la Seguridad Social.
Indemnizaciones

En caso de despidos, traslados, suspensiones, etc.

Otras percepciones Productos en especie que dan voluntariamente las empresas, como cheque guardería, seguros...

El TOTAL DEVENGADO de la nómina será la suma de todas las percepciones, tanto salariales como no salariales.