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2.1. Legislación laboral

Como ya hemos visto, entre el trabajador y el empresario se establece una relación laboral, y esta debe ser regulada por una serie de normas. El Derecho del Trabajo, o Derecho Laboral, es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones laborales y que será de obligado cumplimiento.

En Derecho Laboral debemos atender al principio de jerarquía normativa que establece que las normas de mayor rango prevalecen sobre las de menor rango. Esto supone que las normas de rango inferior no pueden contradecir lo regulado en las de rango superior y que las normas sólo pueden ser derogadas (anuladas) por otras de igual o superior rango.

Reglamentos, directivas y decisiones de la UE Tienen prioridad sobre las normas españolas. Sería un ejemplo el Reglamento de libre circulación de trabajadores en la UE.
Constitución Española Norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico.
Tratados y convenios internacionales

El Estado español firma tratados o convenios con otro Estado o con varios Estados al mismo tiempo.

Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Normas con rango de ley:

Ley orgánica y ley ordinaria

Real decreto ley y decreto legislativo

Son leyes que desarrollan los derechos y libertades fundamentales contenidos en la Constitución, como, por ejemplo, la Ley Orgánica de Libertad Sindical. Para su aprobación, modificación o derogación se exige la mayoría absoluta del Congreso y del Senado.

Las leyes ordinarias. Son leyes que regulan otras materias que no sean derechos y libertades fundamentales, como, por ejemplo, la ley de prevención de riesgos laborales. Requieren para su aprobación la mayoría simple de las Cámaras.

El Real Decreto Ley y el Real Decreto Legislativo. son normas con rango de ley elaboradas por el Gobierno, con autorización de la Constitución. 

Reglamentos

Son normas de rango inferior a las leyes que desarrollan o complementan una ley que ya existe. Por ejemplo, la regulación del salario mínimo interprofesional.

Convenios colectivos

Son acuerdos entre representantes de los trabajadores y empresarios, en los que se establecen las condiciones de trabajo de los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación. Por ejemplo, el convenio del metal.

Contrato de trabajo Son acuerdos entre trabajadores y empresarios que contienen la voluntad de ambas partes. Condiciones laborales del trabajador particular.
Usos y costumbres laborales La costumbre es una norma no escrita que surge de la propia colectividad, por repetición de una determinada conducta y que se cumple con el convencimiento de su carácter obligatorio. Por ejemplo, el Estatuto de los Trabajadores dice que el pago del salario se tiene que hacer en el lugar y fecha pactados y, a falta de pacto, se hará conforme a la costumbre del lugar.

Además del principio de jerarquía normativa, en el Derecho Laboral existen también unos principios que nos van a decir cuándo se aplica cada norma y cuándo se puede romper este principio de jerarquía.

En caso de conflicto entre diferentes normas que regulan una situación laboral, se pueden aplicar principios para resolverlo. Esto no quiere decir que se rompe el principio de jerarquía, pero si una norma de rango inferior establece mejores condiciones para el trabajador que una norma superior, se aplicará la norma inferior para proteger al trabajador.

Por lo tanto, para aplicar e interpretar adecuadamente las normas laborales, es esencial tener en cuenta los siguientes principios propios del Derecho del Trabajo:

Principio de norma mínima

Las normas de rango inferior establecen el contenido mínimo. Nunca se puede empeorar una norma inferior. Por ejemplo, en un convenio colectivo no se pueden marcar condiciones laborales peores que las establecidas en las leyes.

Principio de norma más favorable

Cuando haya dos o más normas aplicables a un caso concreto, independientemente de su rango, siempre se aplicará la norma más favorable en su conjunto para el trabajador.  

De irrenunciabilidad de derechos

Los trabajadores no pueden renunciar a derechos reconocidos en las normas.

De condición más beneficiosa

El trabajador conservará los beneficios concedidos de forma unilateral, salvo que una norma aprobada posteriormente establezca otros menos favorables. Si una norma laboral establece condiciones peores que las contenidas en los contratos, prevalecerán las condiciones más beneficiosas que se fijaron anteriormente.

In dubio pro operario 

Si existen varias interpretaciones posibles de una norma y se tiene duda sobre cuál es la correcta, los tribunales aplicarán la más beneficiosa para el trabajador.