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9. Normativa ambiental

La necesidad de cumplir con el Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible requiere, más que nunca, la implicación de los Gobiernos. Estos son responsables de las políticas públicas, las decisiones de financiación y de la regulación necesaria capaz de transformar la sociedad hacia un modelo sostenible y en armonía con la naturaleza, en el que las organizaciones tengan un papel fundamental en la contribución al cambio.

La urgencia de enfrentar los problemas medioambientales ha dado lugar a la proliferación de normativas relacionadas con el cumplimiento de los ESG o ASG (ambiental, social y gobernanza). Es crucial que las empresas, pequeñas, medianas y grandes, estén informadas y actualizadas sobre las nuevas normas.

A continuación, se exponen las regulaciones más relevantes en la actualidad.

Normativa europea

Directiva de información sobre sostenibilidad corporativa (CSRD o Corporate sustainability Reporting Directive).

Forma parte del Pacto Verde Europeo y entró en vigor a principios de 2024, reemplazando a la antigua directiva no financiera NFRD (Non Financial Reporting Directive). Se prevé que en 2025 los gobiernos europeos la incorporen a su normativa nacional.

La CSRD proporciona el marco legal necesario para promover las buenas prácticas ESG o ASG en empresas que operan en la Unión Europea, incluidas las extranjeras con filiales en la UE. Establece modelos obligatorios de informes de sostenibilidad, conocidos como normas ESRS. La obligación de reportar de las empresas seguirá el siguiente calendario:

  • Ejercicio 2024: empresas que tenían la obligación de hacerlo con la directiva NFRD.
  • Ejercicio 2025: empresas con más de 250 empleados o 40 millones de euros de facturación o 20 millones de euros de balance total, cotizadas o no.
  • Ejercicio 2026: pymes cotizadas (menos de 250 trabajadores).
  • Ejercicio 2027: empresas de fuera de la UE pero que operen en ella y que cumplan unos requisitos específicos.

Los reportes deben cumplir con los estándares ESRS y ser verificados externamente para asegurar su credibilidad. Las empresas que no cumplan con estos requisitos enfrentarán sanciones y penalizaciones.

 Normas europeas de información sobre sostenibilidad o NEIS o ESRS (European Sustainability Reporting Standards).

Son un conjunto de normas que establecen modelos para realizar informes de sostenibilidad. Las empresas sujetas a la directiva CSRD deben emplear obligatoriamente estos documentos. En total hay 12 documentos ESRS, que se agrupan en:

  • Ámbito transversal: ESRS 1 y ESRS 2.
  • Ámbito medioambiental: de ESRS E1 a ESRS ES5.
  • Ámbito social: de ESRS S1 a ESRS S4.
  • Ámbito de gobernanza: ESRS G1.

 Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSD-DD o Corporate Sustainability Due Diligence Directive).

El 15 de marzo de 2024, el Consejo de la UE votó finalmente a favor de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. La fecha de entrada en vigor será el 25 de julio de 2024, y a partir de ahí se abre un proceso de dos años para la transposición a la ley nacional. Su objetivo es obligar a las compañías a informar mediante una diligencia debida sobre los impactos adversos reales y potenciales tanto en materia de DD. HH. como de medioambiente.

Será de aplicación obligatoria para las empresas con más de 1000 empleados que, durante un ejercicio financiero, hayan registrado un volumen de negocio neto anual superior a 450 millones de euros a escala mundial. También para aquellas empresas constituidas fuera de la UE que llevan a cabo actividades comerciales en países europeos que alcancen esos umbrales de facturación.

Normativa española

La ley que está ahora en vigor en España es la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, en materia de información no financiera y diversidad, que desde el 2021 obliga a las compañías a incluir en el informe de gestión consolidado el estado de información no financiera (EINF) o relacionada con la responsabilidad social corporativa que contribuye a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad.

Afecta a todas aquellas sociedades con más de 250 empleados que, o sean consideradas como entidades de interés público, o bien si no tienen esa consideración, aquellas que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Que el total de las partidas del activo sea superior a 20 millones de euros.
  • Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40 millones de euros.

Sin embargo, esta ley es el resultado de la transposición al ordenamiento jurídico español de la anterior directiva europea de Información no financiera NFRD. Actualmente hay un borrador de una nueva regulación conforme a los requisitos de la nueva directiva CSRD y se espera que entre el 2024 y el 2025 vea la luz.

Además, hay que destacar la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, que introduce la figura de las sociedades de beneficio e interés común, las cuales deben incluir en sus estatutos:

  • Su compromiso con la generación de un impacto positivo claro a nivel social y medioambiental a través de su actividad.
  • Su sometimiento a mayores niveles de transparencia y rendición de cuentas en el desempeño de los objetivos sociales y medioambientales, y considerarán a los grupos de interés relevantes en sus decisiones.
  • Mediante el desarrollo reglamentario se incluirán los criterios y la metodología de validación de esta nueva figura empresarial, que incluirá una verificación del desempeño de la sociedad, por lo que quedan sujetos tanto los criterios como la metodología para estándares de máxima exigencia.